Los vecinos del centro de Charleston ahora pueden impugnar los permisos para el terminal de cruceros propuesto gracias a un fallo de la Corte Suprema de Carolina del Sur.
«Es una victoria para nosotros y una victoria para los ciudadanos de la costa que pueden encontrarse en situaciones similares»,
dijo Lisa Jones-Turansky, de la Coastal Conservation League.
La Autoridad Portuaria de Carolina del Sur ha trabajado para poner una nueva terminal de cruceros en Concord Street durante años. Sería tres veces más grande que la actual terminal de cruceros.
Los vecinos que viven al otro lado de la calle desde la terminal temen que una terminal más grande traiga más contaminación de cruceros y calles y aceras más congestionadas.
«No seamos más grandes, al menos déjelo como está. Algunas personas realmente no quieren que lleguen barcos»
dijo Patsy Turner quien ha vivido en un apartamento de la calle Concord frente a la terminal de cruceros durante 16 años.
Erróneamente declararon que las personas que viven cerca no eran, en términos legales, «personas afectadas» y no tenían la capacidad para impugnar los permisos estatales necesarios.
El caso será enviado de vuelta a un tribunal de derecho administrativo, que considerará si se requieren opciones para reducir y evitar impactos en los vecinos.
«Cuando los vecinos tienen una industria que los impacta negativamente, no son impotentes».
agregó Jones-Turansky.
El alcalde de Charleston, John Tecklenburg, también envió una declaración sobre la decisión.
“Desde que fue adoptado por el Consejo en 2015, la Ciudad ha respaldado las recomendaciones del Plan de Gestión del Turismo con respecto a los cruceros, incluida la energía en tierra, los esfuerzos para aliviar el tráfico, el fortalecimiento de los límites voluntarios para barcos y pasajeros, y un impuesto principal para ayudar a luchar inundación. Y aunque el fallo de hoy no garantiza necesariamente ningún resultado futuro, sí ayuda a garantizar que las voces de nuestros ciudadanos sean escuchadas sobre estos y otros temas críticos «.
El número del caso de apelación es 2014-000847 y el número del caso del tribunal inferior es 2013-ALJ-07-0056-CC.